miércoles, 30 de octubre de 2013

Justicia sanjuanina

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Inédito: Un fallo establece que los trabajadores de la Barrick podrán participar de las ganancias de la empresa

El fallo fue emitido el 9 de octubre pero se dio a conocer por estas horas. Desde el 5to juzgado confirmaron a Diario La Provincia la existencia de este fallo, mientras que desde la empresa Barrick Gold fuentes calificadas informaron que éste podría estar en el área jurídica de la empresa.

Inédito. Así podría definirse el fallo que el pasado 9 de octubre emitió la jueza del 5to Juzgado en lo Laboral de la provincia, Gladys Rubia. Éste reconoce que los trabajadores de la Barrick Gold tienen el derecho a participar en las utilidades de la empresa. Esta medida fue establecida en función de lo que establece el articulo 14 bis de la Constitución Nacional que indica que se debe asegurar las "condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada..."

El fallo salió después de que una ex-trabajadora de la empresa, Elizabeth Morales del Rosario, hiciera una demanda laborar contra la minera Gold S.A., aludiendo numerosos reclamos, entre ellos un despido "sin causa". El monto que le corresponderá "surgirá de la 'Fijación de porcentaje de utilidades y participación en las ganancias de la Empresa', con más los intereses legales desde que se haga exigible hasta el momento de su efectivo pago, con costas", según indica el mismo fallo.
 
Gladys Rubia indicó que el fallo responde a la Constitución: "nuestra Carta Fundamental en el artículo 14 bis establece "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial. ...". 
 
En función de eso, la magistrada exhortó a los diputados provinciales para que armen un proyecto de ley que indique que las empresas deben destinar un porcentaje de sus ingresos a los empleados a quienes considera como accionistas. 

El fallo indica que "corresponde exhortar al Poder Legislativo local para que dentro del plazo de un año del período de sesiones ordinarios, del dictado de la presente resolución, aborde la temática demandada en la presente causa, salvo que en el mismo período sea tratado por el Congreso Nacional; materializando de este modo el reclamo realizado por la parte actora".
 
El fallo fue emitido el 9 de octubre pero se dio a conocer por estas horas. Desde el 5to juzgado confirmaron a Diario La Provincia la existencia de este fallo, mientras que desde la empresa Barrick Gold fuentes calificadas informaron que no se conoce bien cuales son las características del mismo y éste podría estar en el área jurídica de la empresa.

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